«IVA» es la abreviatura de «impuesto al valor agregado». El IVA, en general, se aplica cuando se venden bienes o servicios. Se aplica a la mayoría de los bienes y servicios que se compran y venden para su uso o consumo en México. Es un impuesto al consumo dado que, en última instancia, está a cargo del consumidor final.
Por lo general, el IVA lo factura el proveedor que vende bienes o servicios y se cobra al cliente. Posteriormente, el proveedor informa y paga el IVA recaudado a las autoridades fiscales.
Los servicios de videoconferencia y telecomunicaciones (en forma de servicios de comunicación electrónica) prestados por Zoom están comprendidos en las normas relacionadas con los servicios prestados por vía electrónica (ESS, por sus siglas en inglés) en México. Como tal, Zoom está obligado a cobrar el IVA mexicano sobre todos los servicios prestados por vía electrónica que se hagan a los clientes en México.
Zoom generalmente aplicará el IVA mexicano si se cumple alguna de las siguientes condiciones:
Si se presenta alguno de los escenarios mencionados anteriormente, se aplicará el IVA mexicano.
No. El IVA se aplica a todos los servicios de Zoom prestados a clientes en México.
No hay exenciones del IVA disponibles sobre los servicios que presta Zoom a clientes en México.
No. Se cobrará el IVA sobre todos los servicios que preste Zoom a organizaciones benéficas en México.
Zoom está registrado a efectos del IVA en México a través de un registro especializado que las autoridades fiscales mexicanas presentaron el 1 de junio de 2020. Este registro obliga a las empresas que no residen en México a registrarse a efectos del IVA y cobrarlo sobre los servicios digitales prestados a todos los clientes en México. Como Zoom no es una empresa residente en México, no está obligada a emitir facturas de acuerdo con las obligaciones de facturación electrónica que se aplican a los contribuyentes que residen en México.
El artículo 18-F de la Ley del impuesto al valor agregado establece específicamente que el destinatario del servicio puede tomar la deducción del IVA soportado, sin necesidad de una factura electrónica emitida por el proveedor de servicios no residente.
No, pero si es una empresa mexicana, tiene derecho a obtener una factura fiscal de Zoom, la cual puede utilizar para reclamar la deducción del IVA soportado en cumplimiento con el régimen fiscal aplicable a usted. Como tal, debe proporcionar su RFC («Registro Federal de Contribuyentes» o número de identificación fiscal) a Zoom para que esta lo pueda incluir en cualquier factura que le emita.
Si desea obtener una factura con su número de RFC, siga estos pasos:
El RFC se puede actualizar en cualquier momento en el portal de facturación de Zoom. Una vez que se introduce el RFC, este se mostrará en su próxima factura. Zoom no realizará notas de crédito ni volverá a emitir facturas históricas donde no figure un RFC; por lo tanto, es importante asegurarse de que su RFC esté incluido en su cuenta de Zoom.
Cada cliente es único y también lo son sus circunstancias tributarias específicas. La información mencionada anteriormente no debe considerarse como asesoramiento fiscal, sino como una descripción general de las normas tributarias pertinentes. Zoom no puede proporcionarle asesoramiento fiscal para su situación individual, y por lo tanto, recomendamos encarecidamente hablar con un asesor fiscal profesional para obtener asesoramiento personalizado.
IVA es la abreviatura de impuesto al valor agregado. Por lo general, se paga el IVA cuando se venden productos y/o servicios. Se aplica a la mayoría de productos y servicios que se compran y venden para su uso o consumo en México. Es un impuesto sobre el consumo, ya que, en definitiva, recae sobre el consumidor final.
Generalmente, el proveedor que vende productos o servicios factura el IVA y lo recauda del cliente. Posteriormente, el proveedor declara el IVA recaudado y lo paga a las autoridades tributarias.
Los servicios de videoconferencias y telecomunicaciones (en forma de servicios de comunicación electrónica) que proporciona Zoom se incluyen en la normativa sobre servicios prestados por vía electrónica en México. Como tales, Zoom está obligado a recaudar el IVA mexicano siempre que suministre servicios por vía electrónica a clientes en México.
Por lo general, Zoom aplica el IVA mexicano siempre que se cumpla una de las siguientes condiciones:
El IVA mexicano se aplicará siempre que se cumpla cualquiera de las cuatro condiciones mencionadas anteriormente.
No. El IVA se aplica a todos los servicios suministrados a clientes en México.
No existe ninguna exención de IVA en los servicios que Zoom presta a sus clientes en México.
No. El IVA se aplica a todos los servicios que Zoom preste a entidades benéficas en México.
Zoom está registrado a efectos del IVA en México a través de un registro especial que las autoridades tributarias de México introdujeron el 1 de junio de 2020. El registro exige que las empresas que no tengan residencia en México se inscriban en el IVA y lo facturen por los servicios digitales que proporcionen a todos los clientes en México. Dado que Zoom no es una empresa residente en México, no está obligada a emitir facturas de acuerdo con las obligaciones de facturación electrónica que se aplican a los contribuyentes en México.
El artículo 18-F de la Ley del impuesto al valor agregado establece que los receptores de los servicios podrán acreditar el IVA sin que los proveedores de servicios no residentes estén obligados a expedir una factura oficial electrónica.
No. Sin embargo, si usted es una empresa mexicana, tiene derecho a recibir una factura de Zoom con la que podrá reclamar el IVA como crédito fiscal según el régimen tributario al que esté sujeto. En ese caso, debe proporcionar a Zoom su RFC (Registro Federal de Contribuyentes) para que pueda incluirlo en las facturas que le expida.
Si desea recibir una factura en la que figure su RFC, siga estos pasos:
Puede actualizar su RFC en cualquier momento en el portal de facturación de Zoom. Una vez que lo haya introducido, su RFC aparecerá en su próxima factura. Zoom no realizará notas de crédito ni volverá a emitir facturas anteriores en las que no figure el RFC. Por ello, es importante que se asegure de incluirlo en su cuenta de Zoom.
Cada cliente es único, tal como lo son sus circunstancias fiscales específicas. La información anterior no debe considerarse asesoramiento fiscal, sino un resumen general de las normas tributarias pertinentes. Zoom no puede brindar asesoramiento fiscal para su situación particular, por lo que recomendamos encarecidamente consultar con un asesor fiscal profesional para recibir asesoramiento personalizado.